La legislación española, internacional y comunitaria reconocen el derecho a la Igualdad o a la prohibición de discriminación y establecen la obligación de todos los poderes públicos de promover las condiciones necesarias para que la igualdad de las personas y de los grupos en que se integran sea real y efectiva.
El derecho a la Igualdad se ha ido desarrollando a lo largo del tiempo, lo que ha supuesto su proyección y extensión en ámbitos muy diversos:
para la Igualdad
Efectiva de Mujeres y Hombres
de igualdad de
oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con
discapacidad
de medidas fiscales, administrativas y del
orden social
por la que se establece el
régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre las personas
independientemente de su origen racial o étnico
relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de
trato en el empleo y la ocupación
para la Protección de
los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales
para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales
por la que se modifica el Código
Civil en materia de derecho a contraer matrimonio
por la que se reconocen las
lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación
oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas
reguladora de la rectificación
registral de la mención relativa al sexo de las personas@Secretaría de Estado de Igualdad (C/Alcalá nº 37, 28014-Madrid)