Consejo No Discriminación

Consejo de No Discriminación por Origen Racial o Étnico

¿Qué es?

La Directiva 2000/43 CE, establece en su artículo 13 la obligación de cada Estado miembro de designar “uno o más organismos responsables de la promoción de la igualdad de trato entre todas las personas por motivo de su origen racial o étnico“

¿Dónde está regulado?

La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social, en su artículo 33 crea el Consejo para la promoción de la igualdad de trato y no discriminación de las personas por el origen racial o étnico, con adscripción al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Mediante el Real Decreto 1262/2007, de 21 de septiembre, se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y la no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico.

Desde 2008, este órgano ha quedado adscrito al Ministerio de Igualdad a través de la Dirección General contra la Discriminación de la Secretaría General de Políticas de Igualdad.

¿Quién forma parte del Consejo?

En el organismo para la igualdad de trato por origen racial o étnico se encuentran representadas las distintas Administraciones públicas territoriales, estatal, autonómica y local, así como representantes de los trabajadores y empresarios, y del movimiento asociativo cuya actividad está relacionada con la promoción de la igualdad de trato y la no discriminación de las personas por su origen racial o étnico.

¿Cuáles son sus funciones?

Este Consejo tiene encomendadas, entre otras, las siguientes funciones:

  • Prestar asistencia independiente a las víctimas de discriminación racial o étnica, tanto directa o como indirecta, a la hora de tramitar sus reclamaciones.
  • Realizar análisis y estudios, así como publicar informes independientes sobre la discriminación por razón de esta causa.
  • Promover medidas para la igualdad de trato y la eliminación de la discriminación racial o étnica de las personas, formulando, en su caso, las recomendaciones y propuestas que procedan.
  • Elaborar y aprobar una Memoria anual de actividades del Consejo y elevarla a la titular del Ministerio de Igualdad

Más información en la web del Consejo Se abrirá en una ventana nueva

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