Artículo 14 de la Constitución. "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
El derecho a la igualdad de trato supone la ausencia de discriminación, directa e indirecta, y concierne a la garantía de los derechos fundamentales y a la dignidad de las personas
La lucha contra el racismo, la xenofobia y la discriminación étnica necesita del compromiso de todos…
Para que la igualdad sea algo más que una palabra. Para que sea una realidad.
integral para la igualdad de trato y
la no discriminación
de la
violencia de género
multiculturalidad - trata - discriminación - barreras invisibles - cuota - democracia paritaria
@Secretaría de Estado de Igualdad (C/Alcalá nº 37, 28014-Madrid)